Derechos de la maternidad-paternidad
Publicado en Cuidados RN, Derchos, adopción, maternidad, paternidad el 4 de July de 2008 por parTera – Sin Comentarios
En cuanto a los permisos en el trabajo por maternidad o paternidad, y en casos de adopción adopción o acogimiento, se distinguen dos supuestos según la edad que tenga el hijo/a:
- Si es menor de seis años, se suspende el trabajo por un máximo de dieciséis semanas ininterrumpidas. En caso de adopción o acogimiento múltiple, se amplía el plazo en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo.
- Si es mayor de seis y menor de dieciocho años, la suspensión tiene así mismo una duración de dieciséis semanas cuando se trate de menores discapacitados o minusválidos o que, por sus circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar debidamente acreditadas.
En caso de que trabajen el padre y la madre, el período de suspensión se distribuye, si se quiere, de forma simultánea o sucesiva, siempre en períodos ininterrumpidos y con los límites de duración señalados.
En supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, el período de suspensión pordrá iniciarse hasta 4 semanas antes de la resolución por la que se constituye la adopción.
En los casos de adopción o acogimiento, así como en los de maternidad o paternidad biológica, y siempre que no afecte a las seis semanas posteriores al parto, y previo acuerdo entre el empresario y los trabajadores afectados, el descanso maternal podrá disfrutarse por la madre y por el padre también a jornada parcial, en cuyo caso el período de 16 semanas de descanso, se ampliará proporcionalmente en función de la jornada que se realice.




















